"En Euskal Herria la estatalización es un elemento para devaluar y empobrecer las condiciones laborales"
Esta “reforma”, NO TOCA dos elementos esenciales:
- El despido: sigue siendo barato y facil despedir, y no hay elementos disuasorios que dificulten o encarezcan el despido. En el despido colectivo, no hay elementos de control. Por ejemplo, no se recupera el control o autorización admisnitrativa de los EREs que existía con anterioridad a la reforma de 2012. Se nos llena la boca hablando de luchas ejemplares como la de Tubacex, pero fue el andamiaje jurídico de la anterior reforma, el que no hubiera control de la autoridad laboral sobre los despidos, la que permitió este tipo de despido sin control. Las “causas ecónomicas” para los EREs son un auténtico coladero para despidos de conveniencia empresarial. Todo esto se mantiene con la reforma laboral que se va a aprobar hoy en el Congreso de los Diputados.
- El marco de negociación: la estatalización. La estatalización no es una cuestión identitaria, es una cuestión “de las cosas del comer”. Un ejemplo es el convenio que afecta al personal de colectividades (comedores escolares, residencias, etc.), sector muy feminizado y precarizado. El acuerdo vasco establecía salarios de 11€/hora. La patronal estatal lo impugna. La consecuencia es que muchas de esas mujeres se les paga lo que establece el acuerdo estatal, 5€/hora. Esto es una consecuencia directa de la estatalización. En Euskal Herria la estatalización es un elemento para devaluar y empobrecer las condiciones laborales.
Una reforma laboral que no entre a cambiar de raíz la estructura de la negociación colectiva, impidiendo la estatalización y recupere las indemnizaciones anteriores a la reforma de Rajoy, es una reforma que no protege en lo esencial a la clase trabajadora.
Ataque a la democracia: una minoria sindical (CCOO y UGT), que en Euskal Herria representa el 28%, fija desde Madrid las condiciones de las trabajadoras de Euskal Herria. Sólo ELA, tiene aquí el 40% de representación.
¿Se limita la temporalidad? La contratación se limita a dos tipos de contrato. Pero tiene letra pequeña.
Hasta ahora el paradigma del contrato temporal estaba ligado siempre a una causa imprevisible y temporal, no estructural.
Ahora con el nuevo contrato de las circunstancias de la producción, se puede contratar de modo temporal a trabajadoras para funciones previsibles y estructurales. Se está abriendo la puertas a algo inedito: poder utilizar la contratación temporal para trabajos estructurales. Esto va a provocar el efecto contrario al pretendido. Se pretende susitutir el contrato temporal por el fijo discontínuo, pero si se da la opcción de contratar temporalmente para causas previsibles, es decir, personas que son contratadas durante 90 días a lo largo de un año, el efecto va a ser que la contratación temporal va a aumentar en detrimento de la contratación fija descontínua.
Las causas de la contratación temporal siempre han estado tasadas, en las anteriores legislaciones también. El problema no es ese, sino el incumplimiento, el fraude generalizado en la contratación. Y que ese fraude le sale muy barato a las empresas. Es decir, que la exigencia de la causalidad para la contratación temporal ya existía, ¡pero no se cumple! ¿Qué nos hace pensar que ahora se va a cumplir? Si se quisiera proteger a las personas que pierden su empleo por contrato temporal fraudulento, se podría modificar la legislación para considerarlo nulo y no improcedente. De este modo, si se declara nulo el despido de una persona por contrato temporal fraudulento, ésta recuperaría de modo inmediato su puesto de trabajo.
Más allá de la propaganda, en términos jurídicos, no hay tal recuperación de derechos.
La protección del despido queda en papel mojado cuando se mantienen las indemnizaciones de miseria.
Si en lugar de 45 días y 42 mensualidades pagas 33 días y 24 mensualidades y no recuperas los salarios de tramitación, no se disuade a las empresas para que no despidan. Las empresas van a poder despedir fácil y barato. En la práctica da igual si un contrato temporal fraudulento se convierte en indefinido, si siendo indefinido te pueden seguir despidiendo a cambio de una indemnización barata.
Retoque de las reformas de 2010 y 2012 sin horizonte de que se vayan a hacer más cambios a lo largo de la legislatura.
Se dice que esto es un inicio... pero la ministra de trabajo, ha dicho claramente, que en esta legislatura no se va a tocar nada más. Esta reforma, es un puro retoque de la reforma del 2010 y 2012, porque sólo toca dos cosas. Recupera la ultraactividad indefinida de los convenios denunciados y hace prevalecer los convenios sectoriales respecto a los de empresa, pero únicamente respecto a los salarios. Pero todo lo demás se mantiene como está. Y las declaraciones de la ministra son muy claras, diciendo que en esta legislatura no hay horizonte ninguno para que haya algún otro cambio.
Barniz “social y democrático”
La reforma viene, además, con el aval del “diálogo social”. Un “diálogo social” muy mermado, eso sí, porque organizaciones sindicales más representativas, como ELA en Euskal Herria o CIG en Galiza, han quedado excluidas de la negociación. En cualquier, caso esas reformas anteriores ahora vinen avaladas, tienen un barniz de label democrático, del “diálogo social”.
Al gobierno sólo se le pide que cumpla lo prometido
El compromiso en los programas electorales y en el acuerdo de gobierno era la derogación de la reforma laboral. No se le está pidiendo al gobierno nada que no se haya comprometido a hacer.