Grave vulneración de derechos laborales

2018/11/26
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Si en el origen existe el incumplimiento de un Convenio Colectivo de sector, posteriormente se suma la vulneración del principal medio de presión legal que tienen las trabajadoras, como es el derecho de huelga.

Angel EliasÁngel Elías Ortega, doctor en derecho y decano de la Facultad de Relaciones Laborales y Trabajo Social de la UPV/EHU

Las camareras de piso de los hoteles NH y del Barceló-Nervión –ubicados en Bilbao y que tienen 4 y 5 estrellas–, contratadas laboralmente por la empresa de servicios Grupo Constant, iniciaron una huelga indefinida el pasado día 2 de noviembre en reclamación de que se termine con la práctica de contratos laborales en fraude de ley y que la empresa Constant, al igual que hace con trabajadoras de otros hoteles en Bizkaia, les aplique las condiciones de trabajo del Convenio de Hostelería de Bizkaia, publicado en setiembre de 2018, lo que permitiría acabar con ratios de trabajo abusivos y con salarios miserables, a razón de 2,5 euros por habitación limpiada, que supone en algunos casos mensualidades, con la parte proporcional de las pagas incluidas, inferiores a 800 euros.

Por eso he rogado en sendas Juntas del Campus de Bizkaia y del Consejo de Gobierno de la UPV/EHU celebradas recientemente que, mientras dure el conflicto, se deje de realizar reservas de habitaciones con estos hoteles

Ante ello, y según lo declaran las Actas de Infracción levantadas por la Inspección de Trabajo, las cadenas hoteleras de forma coordinada contrataron de manera irregular a la empresa Cor Outsourcing con el fin de sustituir a la totalidad de las personas que se encuentran en huelga. Esta sustitución se realizó con costes superiores a los salarios reclamados por la plantilla en huelga y, en el caso del NH, trasladando a personas desde Pamplona y alojándolas en el propio hotel para evitar los efectos de la huelga.

Como concluye la Inspección de Trabajo, basándose en sentencias del Tribunal Constitucional, no pueden existir espacios inmunes a la vigencia de los derechos fundamentales. Por ello y con independencia de las acciones legales que han anunciado el sindicato ELA que defiende a las huelguistas, concretamente una demanda de vulneración de derecho fundamental frente a las cuatro empresas, creo necesario denunciar la gravedad de lo acontecido, incrementado por la negativa del Cor Outsourcing a comparecer a la reunión del día 22 de noviembre, en que la Dirección de Trabajo del Gobierno Vasco convocó a todas las partes implicadas, lo que revela mala fe empresarial.

En efecto, si en el origen existe el incumplimiento de un Convenio Colectivo de sector, lo que deriva en el mantenimiento de unas condiciones precarias de trabajo en una profesión, como la de limpiadoras de habitaciones de hotel, totalmente feminizada, posteriormente se suma la vulneración del principal medio de presión legal que tienen las trabajadoras, como es el derecho de huelga, a través de la sustitución de las personas limpiadoras.

Por eso he rogado en sendas Juntas del Campus de Bizkaia y del Consejo de Gobierno de la UPV/EHU celebradas recientemente que, mientras dure el conflicto, se deje de realizar reservas de habitaciones con estos hoteles, tanto por el deterioro en el servicio que la huelga genera, como por coherencia con los valores que la UPV/EHU defiende en pro de una igualdad entre mujeres y hombres, y unas condiciones de trabajo dignas que respeten, en todo caso, los derechos fundamentales. También propongo que en los pliegos de posteriores contrataciones, y de acuerdo con la responsabilidad social corporativa, se ponga como requisito que la empresa no haya sido sancionada por vulneración en materia de derechos fundamentales.