Las medidas del 13J y la convocatoria de Huelga general

2012/09/12
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Tercera y penúltima entrega de los artículos/diapos que os estamos ofreciendo para la preparación de la huelga del 26S. Después de ésta vendrá "La utilidad y urgencia de la movilización". En ésta se explican las medidas tomadas por el gobierno de Rajoy el 13 de Julio, los recortes más duros de las últimas décadas.

Artículos previos:

1) Política de shock para una nueva fase de acumulación de capital

2) Ocultamiento de la enorme crisis social y democrática

Ver presentación dipositivas

Hemos convocado una huelga general por todo lo anterior y porque el Gobierno de Rajoy aprobó el 13 de julio una serie de medidas que suponen el mayor recorte social de las últimas décadas. Estas medidas son algunas de las condiciones que el gobierno español se ha comprometido a cumplir para recibir los 100.000 millones del primer rescate.

La gravedad de las medidas fue mucho más allá de las anunciadas apenas dos días antes por el presidente del gobierno español en el Congreso de los Diputados. Estas son algunas de ellas:

Recorte salarial en el sector público

Se suprimen para el personal del sector público la paga extraordinaria, la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes del mes de diciembre de 2012.
Se reducen de seis a tres los días de libre disposición y se elimina en relación con las vacaciones su eventual ampliación más allá de los 22 días hábiles previstos.
Se reducen los créditos y permisos sindicales.
Se recortan los complementos por IT por contingencias comunes, con efectos a partir del 15 de julio.
Se incluye una medida de “estado de excepción” en la negociación colectiva de los empleados públicos con contrato laboral.

Prestación por desempleo y la renta activa de inserción

Se reduce la cuantía de la prestación por desempleo a partir del sexto mes
Se recorta la prestación por desempleo a quienes tienen empleo a tiempo parcial.
Se suprime la reducción del 35 por 100 en la cotización a cargo del trabajador que, durante la percepción de la prestación por desempleo, era abonada por la entidad gestora.
Fuertes recortes en el subsidio por desempleo.
Más posibilidades de suspender el abono de las prestaciones y subsidios por desempleo.
Recorte de la Renta Activa de Inserción.

Protección del fogasa y de los salarios de tramitación

Se minoran el importe de los salarios y de las indemnizaciones pendientes de pago que el FOGASA abonará a los trabajadores en caso de insolvencia empresarial o concurso del empresario.
Se modifica el régimen de reclamación al Estado del abono de los salarios de tramitación en los casos de despido declarado improcedente por sentencia judicial firme.

Prestaciones económicas de dependencia

Las medidas aprobadas solo se centran en recortar las prestaciones económicas existentes, sin impulsar los servicios sociales.
El recorte de las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales. Se reduce su cuantía.
Cambio en la situación de los cuidadores no profesionales a efectos de encuadramiento en la Seguridad Social.
Se establece un régimen de incompatibilidades de las prestaciones conforme al cual las prestaciones económicas serán incompatibles entre sí y con los servicios de ayuda a domicilio, servicio de centro de día y de noche y de atención residencial y los servicios serán incompatibles entre sí.
Se retrasa la entrada en vigor del calendario de aplicación de los servicios y prestaciones de cobertura a la situación de dependencia.

Aumento del IVA y de impuestos especiales

Se elevan los tipos impositivos general y reducido del IVA, que pasan del 18 y 8 por ciento al 21 y 10 por ciento, respectivamente.
Se establecen medidas adicionales por las que determinados productos y servicios pasan a tributar a un tipo impositivo distinto; tal es el supuesto de ciertos productos y servicios que venían tributando al tipo reducido del 8 por ciento y pasan a hacerlo al tipo general (21%).
Suben los tipos del régimen especial de recargo de equivalencia, obligatorio para comerciantes autónomos que venden a un cliente final y en las compensaciones del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.
Aumenta el Impuesto sobre las Labores del Tabaco, con efectos desde el 15 de julio de 2012.
Se modifican el IRPF y el Impuesto sobre Sociedades, pero estos cambios no afectan a Hego Euskal Herria ya que la competencia en estas materias está en las Diputaciones.
Se van a aumentar los impuestos que pagamos al consumir energía.

Legislación aplicable a los horarios comerciales

Las CCAA no podrán restringir a menos de 90 horas el horario en que los comercios podrán desarrollar su actividad durante los días laborables de la semana, cuando hasta ahora eran 72 horas.
Domingos y Festivos. 16 días de mínimo de apertura en domingos y festivos. Las CCAA podrán modificar diho mínimo sin que puedan limitarlo por debajo de 10 días (hasta ahora, 8).
Establecimientos con régimen especial de horarios. Tendrán plena libertad para determinar los días y horas en que permanecerán abiertos al público en todo el territorio nacional.
Continuarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2012 los calendarios de domingos y festivos ya aprobados.

Otras medidas

Recorte de las bonificaciones a la contratación; Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación; Renta Básica de Emancipación y otras muchas más.