Victoria feminista y de clase… por más que IMQ intente evitarla

2022/05/02
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El pasado 1 de marzo, en la sede de ELA en Bilbao se escucharon vítores y gritos de celebración. No era para menos. Las responsables de Zerbitzuak estaban leyendo la sentencia sobre las trabajadoras de limpieza despedidas por IMQ; sentencia sin precedentes, histórica para el sindicalismo e, incluso, para el feminismo. El TSJPV declaraba nulos los despidos por dos causas diferentes y ordenaba la reincorporación a sus puestos de las trabajadoras. El juez daba la razón al sindicato en todos los puntos e, incluso, iba más allá, en un sentencia dictada con una clara mirada de género. A pesar de que IMQ ha decidido recurrir la sentencia ante el Supremo, las trabajadoras están empoderadas y van a seguir exigiendo carga de trabajo.

J. Jaio (artículo publicado en el número 245 de la revista sindical Landeia)

Sentencia “feminista”

La sentencia del TSJPV declara que las trabajadoras de la limpieza de las Clínicas del IMQ Zorrozaurre y Virgen Blanca de Bilbao, 90 en total, fueron despedidas por la empresa defraudando la ley y en claro abuso de derecho, y condena a que se les readmita en iguales condiciones a las que existían con anterioridad al despido y les abonen los salarios de tramitación desde la extinción de sus contratos.

IMQ decidió en noviembre de 2021 internalizar el servicio de limpieza (subcontratado a través de la empresa Gizatzen) y no subrogar a las trabajadoras. ELA, tras intentar de manera negociada que la empresa diera marcha atrás, y no conseguirlo, recurrió este despido colectivo ante los tribunales.

El TSJPV considera demostrado que la decisión de no asumir a este colectivo de trabajadoras es consecuencia de la actividad sindical y jurídica que han llevado a cabo durante años, por lo que condena a IMQ al abono de una indemnización de 40.000 € para ELA y de 1.000€ para cada una de las trabajadoras en concepto de daños y perjuicios.

La sentencia declara, así mismo, que IMQ vulnera claramente los derechos fundamentales de estas trabajadoras y atenta contra la libertad sindical y su derecho a la huelga; huelga que, en este caso, fue convocada el 23 de noviembre con el objetivo de eliminar la discriminación salarial (brecha salarial) en un colectivo fuertemente feminizado.

Por primera vez, una sentencia reconoce la brecha salarial existente en el sector de la limpieza. La sentencia habla de “ámbitos vulnerables, tendentes a la precariedad e inestabilidad” o “profesión con una brecha de género de alrededor del 20%”. Se hace referencia, también, a la normativa social y a las nuevas realidades existentes y se declaran nulos los despidos, entre otros motivos, por “discriminación por razón de sexo”.

La sentencia admite esta argumentación en su noveno fundamento de derecho, donde literalmente se leen frases como “el colectivo afectado está fundamentalmente integrado por mujeres”, “repercusión de las decisiones empresariales pueden tener en los ámbitos vulnerables, tendentes a la precariedad e inestabilidad”, “se trata de una profesión con una brecha de género de alrededor del 20%” y, por último, “si los despedidos han pretendido reivindicar los derechos que restringen la diferencia entre el varón y la mujer y el despido incide mayoritariamente en el colectivo femenino nuestra conclusión vuelve a ser la declaración de nulidad del despido por esta nueva vía. Existe una discriminación por razón de sexo”. Es decir, los despidos se declaran nuevamente y por segunda vez nulos por entender que existe, además, una discriminación por razón de sexo.

Importante precedente y jurisprudencia

Maite Leizegi, responsable de Zerbitzuak en Bilbao, está exultante tanto por el contenido y las consecuencias derivadas de esta sentencia como por el hecho de que pueda marcar un precedente para otros colectivos feminizados y precarizados como las residencias de la tercera edad, el servicio de ayuda domicilio (SAD), los centros de día, etc, donde las mujeres trabajadoras están protagonizando luchas y huelgas.

En este sentido, esta responsable sindical incide en el hecho de que la sentencia reconozca, por primera vez, la existencia de la brecha salarial en el sector de la limpieza, algo que ELA lleva años intentando colocar en el centro del debate social y de la negociación colectiva.

Volviendo a la valoración de la sentencia, Leizegi destaca la necesaria y estrecha coordinación entre la lucha sindical, en sentido más estricto, y la de los servicios jurídicos del sindicato. “Es un triunfo de todos y de todas y una buena oportunidad para realzar el ingente trabajo que realizan los servicios jurídicos del sindicato, que están logrando sentencias trascendentales. Para eso vale la cuota de ELA: para organizar a la clase trabajadora, para sostener unos servicios jurídicos potentes, para tener una Caja de Resistencia... ELA es un instrumento hecho y pensado por y para la clase trabajadora”.

Tal como afirmó Leire Gallego, responsable del Área de Igualdad de ELA, “estos días tenemos mucho que celebrar pero también muchas gracias que dar: a las trabajadoras, por confiar en ELA para organizarse; a los servicios jurídicos de ELA, y al feminismo, por enseñarnos a creer. Como dijo la poeta estadounidense Emily Dickinson “Ignoramos nuestra verdadera estatura hasta que nos ponemos en pie”.

IMQ recurre la sentencia

Inexplicablemente desde el punto de vista de la lógica (la sentencia es demoledora) IMQ ha recurrido la citada sentencia ante el Supremo y ha decidido no readmitir a las trabajadoras. En la práctica, eso se traduce en que están pagando a dos plantillas: Una, las despedidas, que siguen en sus casas; y la que decidió contratar tras echar a las “rebeldes”.

Haimar Kortabarria, el abogado que ha llevado el caso, aunque habría preferido que IMQ se hubiera limitado a aceptar y cumplir la sentencia, se muestra optimista ante este recurso. “La sentencia ganada estaba bien fundamentada, con argumentos muy sólidos, por lo que nos parece muy complicado que IMQ consiga dar la vuelta a los temas relacionados con la protección de derechos fundamentales y la subrogación, que en la sentencia quedan muy en evidencia”, afirma. Sea como sea, lo cierto es que corresponde ahora a la Sala de lo Social del Tribunal Supremo resolver el recurso. Se calcula que podría pasar un año hasta que se pronuncie y tener sentencia firme.

Empoderadas

A pesar de lo que pudiera pensarse, la decisión de IMQ de recurrir la sentencia y no reincorporar a las trabajadoras despedidas, a pesar de pagarles el sueldo, no ha hecho demasiada mella en ellas. “Yo diría que al contrario”, afirma Maite Leizegi. “Les ha empoderado aún más y ha corroborado la opinión que tenían sobre una empresa que utiliza todo su poder económico y político para intentar hacer y deshacer a su antojo. Son incapaces de asumir su derrota; es una decisión tomada desde el clasismo y el abuso de poder al que están habituados”, explica.

”Las trabajadoras de IMQ despedidas son unas auténticas luchadoras y su reacción no ha sido la frustración sino el enfado y las ganas de seguir plantando cara a la empresa. En vez de decidir quedarse tranquilamente en sus casas cobrando el sueldo han decidido aprobar un calendario de movilizaciones para seguir exigiendo a IMQ carga de trabajo y visibilizar un conflicto que no ha llegado a su punto final”.