¿Van a limitarse los precios del alquiler en Hego Euskal Herria?
Las medidas contempladas en ley de vivienda del estado Español 12/2023 de 24 de mayo, ya analizadas en los informes anteriores publicados por ELA, las calificamos como insuficientes para hacer frente a los altos precios de la vivienda de alquiler, la subida de las hipotecas o la falta de vivienda pública en alquiler. La nueva Ley no garantiza el derecho subjetivo a la vivienda, no acaba con la especulación inmobiliaria y renuncia a regular las viviendas turísticas. A eso se le suma el debate competencial, de corto recorrido, ya que dado que la competencia en materia de vivienda está en manos de las CCAA, dependerá de la voluntad de éstas su aplicación o no y en consecuencia su alcance.
La Ley deja en manos de estas la fijación de las denominadas zonas tensionadas y la concreción del número de viviendas que deben estar en manos de los propietarios para ser considerados grandes tenedores. Limita a su vez, la subida de los precios del alquiler, pero partiendo de una situación viciada, con unos precios de alquiler de vivienda, ya de por sí muy elevados, desorbitados, por lo que el problema no se soluciona ni desaparece. Y sin olvidar que será de aplicación solo en las denominadas zonas tensionadas.
Se sigue apostando por ayudas, bonificaciones fiscales que, lejos de ser una garantía de acceso a la vivienda, se convierten en transferencias de dinero público al bolsillo de los propietarios, y que no ayudan a incrementar la recaudación, no siendo en consecuencia medidas que redunden en la mejora de la situación de acceso a una vivienda. Dijimos también que las medidas respecto a los desahucios eran insuficientes, que muchas de las normas que se establecen o que ya estaban en vigor en la CAPV o Navarra respecto a las viviendas vacías no se aplicaban y que la ley seguía teniendo lagunas.
En ese escenario entra un componente jurídico como es el recurso del gobierno español de recurrir al Tribunal Constitucional toda medida que se inste por cualquier CCAA de hacer uso de sus competencias o legislar para avanzar en materia de vivienda. Se hizo con la Ley Navarra y con la Andaluza y más recientemente con Cataluña. Se trataba de la primera ley autonómica que regu- laba los precios de los alquileres. Ésta pretendía poner límite a los precios de los alquileres, limitando las subidas y fomentando la bajada de los mismos hasta el índice de referencia fijado por la Agencia Catalana de Vivienda. Se pretendía fijar su precio en casi todas las capitales de comarca y municipios del área metropolitana de Barcelona, beneficiando así a unos 5 millones de personas, el 70% de la población. Aunque los firmantes lo tacharon de un acuerdo de mínimos, se avanzaba en el camino de poner límites al mercado para poder así acercarse más a la consecución del derecho a la vivienda mientras se protegía tanto al inquilino, como al pequeño propietario.
Bien, pues no ha sido posible. Aunque los precios bajaron ligeramente sin que el mercado se estancase, el TC anuló la Ley amparándose en la necesidad de cumplir un denominador común de los principios que deben regir las obligaciones contractuales, que se logra siendo los mismos en todo el territorio del estado español. Es decir, era necesaria una ley en el Estado español para poder tomar medidas en torno a la limitación de alquileres.
Ahora que la ley existe, depende de la voluntad de las CCAA limitar los precios del alquiler. Hasta el momento Catalunya es la única que ha dado el paso de declarar las zonas tensionadas (y algún pueblo de forma aislada). Sin embargo, en la CAPV la situación es muy distinta. El PNV a través del Gobierno Vasco recurrió la Ley de Vivienda al Tribunal Constitucional porque decía que invadía competencias, tal y como hicieron otras comunidades autónomas como Andalucía.
A la espera de que se resuelva el recurso del Gobierno Vasco, el Tribunal ha desestimado el que presentó la Junta de Andalucía casi en su totalidad, avalando la nueva ley en cuestiones como las que corresponden al límite del alquiler y las zonas tensionadas. La decisión del Gobierno Vasco va en la dirección contraria de lo que desde ELA habitualmente hemos planteado, que es, básicamente, decidir aquí para tener más derechos y vivir mejor. Tampoco en Navarra parece que haya exce- siva prisa para implementar los límites al alquiler, cuestión que ya contemplaba su ley en 2022.
Ante este escenario nos planteamos la pregunta de, entonces ¿qué? Es evidente que existen alternativas en lo que a políticas de vivienda se refiere. Existen en otros países europeos, pero cuentan con un denominador común; priman el alquiler sobre la propiedad de base y los intereses del inquilino, en consecuencia, imperan por encima del interés privado y del capital.